Por «suposiciones» se destituyó al ex presidente Zelaya, informó embajador Hugo Llorens


Informes secretos revelan ingerencia de Estados Unidos en todos los países donde tiene presencia

El portal en Internet Wikileaks divulgó unos 250 mil escritos o documentos de información «secreta» que el gobierno de Estados Unidos promueve en todos los países del mundo y donde se incluye la versión del embajador Hugo Llorens sobre los hechos ocurridos en junio del año pasado.La mayor filtración de la historia deja al descubierto los secretos de la política exterior de EE UU.

Al menos seis periódicos de Europa y Estados Unidos, iniciaron la divulgación del contenido de documentos secretos, unos 250 mil, según se informó, los que contienen el tráfico de informes del Departamento de

Estado de Estados Unidos, obtenidos por la página digital Wikileaks, donde se incluyen hechos conflictivos del mundo, incluidos los informes enviados por el embajador Hugo Llorens, relacionados a la destitución del ex presidente Manuel Zelaya.

 

El gobierno de Barack Obama teme una crisis por revelarse informes secretos

Según se informó, se incluyen los informes de diplomáticos de EE UU que reciben órdenes de «espiar hasta en la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), sobre donde los árabes piden a EE UU frenar a Irán por cualquier medio, de las aportaciones históricas sobre la liberación de Mandela, la Revolución Islámica o el conflicto de las Malvinas, donde se informa a sus aliados sobre sus objetivos en Irán, informes espías en la Embajada de Berlín, sobre el golpe de Estado en Panamá, Gadafi y sobre Honduras, entre otros.

El diario El País, de España, publica lo siguiente, Estos documentos recogen comentarios e informes elaborados por funcionarios estadounidenses, con un lenguaje muy franco, sobre
personalidades de todo mundo, desvelan los contenidos de entrevistas del
más alto nivel, descubren desconocidas actividades de espionaje y exponen
con detalle las opiniones vertidas y datos aportados por diferentes
fuentes en conversaciones con embajadores norteamericanos o personal
diplomático de esa nación en numerosos países, incluido España.

Queda en evidencia, por ejemplo, la sospecha norteamericana de que la
política rusa está en manos de Vladimir Putin, a quien se juzga como un
político de corte autoritario cuyo estilo personal machista le permite
conectar perfectamente con Silvio Berlusconi.

Del primer ministro italiano
se detallan sus «fiestas salvajes» y se expone la desconfianza profunda
que despierta en Washington. Tampoco muestra la diplomacia estadounidense
un gran aprecio por el presidente francés, Nicolas Sarkozy, a quien se
sigue con gran meticulosidad acerca de cualquier movimiento para
obstaculizar la política exterior de Estados Unidos.

Los cables prueban la intensa actividad de ese país para bloquear a Irán,
el enorme juego que se desarrolla en torno a China, cuyo predominio en
Asia se da casi por aceptado, o los esfuerzos por cortejar a países de
América Latina para aislar al venezolano Hugo Chávez.

En ocasiones, las expresiones usadas en estos documentos son de tal
naturaleza que pueden dinamitar las relaciones de Estados Unidos con
algunos de sus principales aliados; en otras, pueden ponerse en riesgo
algunos proyectos importantes de su política exterior, como el
acercamiento a Rusia o el apoyo de ciertos Gobiernos árabes.

El alcance de estas revelaciones es de tal calibre que, seguramente, se
podrá hablar de un antes y un después en lo que respecta a los hábitos
diplomáticos. Esta filtración puede acabar con una era de la política
exterior: los métodos tradicionales de comunicación y las prácticas
empleadas para la consecución de información quedan en entredicho a partir
de ahora.

Todos los servicios diplomáticos del mundo, y especialmente de Estados
Unidos, donde esta filtración se suma a otras anteriores de menor
trascendencia con papeles relativos a Irak y Afganistán, tendrán que
replantearse desde este momento su modo de operar y, probablemente,
modificar profundamente sus prácticas.

Intensas gestiones
Tratando de anticiparse a ese perjuicio, la Administración de Estados
Unidos lleva varios días, desde que supo la existencia de esta fuga de
documentos, realizando intensas gestiones ante el Congreso norteamericano
y los Gobiernos de gran parte de las naciones ante los que tiene
representación diplomática para informarles sobre el previsible contenido
de las filtraciones y sus posibles consecuencias.

El Departamento de Estado envió a principio de esta semana un informe a los principales comités de la Cámara de Representantes y del Senado previniéndoles sobrela situación.

La propia secretaria de Estado, Hillary Clinton, ha telefoneado en las
últimas horas a los Gobiernos de los países más importante afectados por
esta fuga de información, entre otros los de China, Alemania, Francia y
Arabia Saudí, para alertarles de lo sucedido y ofrecer algunas
justificaciones.

En Reino Unido, Israel, Italia, Australia y Canadá, entre otros socios de
Estados Unidos, portavoces de sus respectivos ministerios de Relaciones
Exteriores confirmaron que habían recibido información de parte de los
embajadores norteamericanos, aunque no revelaron detalles sobre los datos
precisos que habían sido puestos en su conocimiento. No ha habido, sin
embargo, comunicación directa entre la Embajada en Madrid y el Gobierno
español acerca de este asunto.

El portavoz del Departamento de Estado, P. J. Crowley, ha reconocido que
no conoce con exactitud las informaciones que aparecerán en los papeles
filtrados, aunque ha adelantado que «estas revelaciones son dañinas para
los intereses de Estados Unidos». «Van a crear tensiones entre nuestros
diplomáticos y nuestros amigos alrededor del mundo», declaró este fin de
semana.

El Departamento de Estado, que ha negociado con uno de los periódicos que
hoy publican los cables algunos contenidos particularmente lesivos para
sus intereses o peligrosos para ciertas personas, está especialmente
preocupado por el daño que esto puede causar en la guerra contra Al Qaeda
en algunas regiones en la que la libran de forma encubierta, como Yemen o
Pakistán, así como los efectos que puede tener para las difíciles
relaciones con otras potencias, como Rusia y China.

Los dos últimos años
Los documentos -251.287 mensajes que cubren un periodo hasta febrero de
2010 y, en su mayor parte, afectan a los dos últimos años- fueron
facilitados por WikiLeaks hace varias semanas, además de a EL PAÍS, a los
diarios The Guardian, de Reino Unido; The New York Times, de Estados
Unidos; Le Monde, de Francia, y al semanario Der Spiegel, de Alemania.
Estos medios han trabajado por separado en la valoración y selección del
material, y pondrán a disposición de sus lectores aquellas historias que
cada uno considere de mayor interés; en algunos casos serán coincidentes,
en otros no.

Ese proceso se ha llevado a cabo bajo una exigente condición de no poner
en peligro en ningún momento fuentes protegidas de antemano o personas
cuya vida podría verse amenazada al desvelarse su identidad.

Al mismo tiempo, todos los medios han hecho un esfuerzo supremo por evitar la revelación de episodios que pudieran suponer un riesgo para la seguridad
de cualquier país, particularmente de Estados Unidos, el más expuesto por
estas revelaciones. Por esa razón, algunos de los documentos que serán
puestos a disposición de nuestros lectores a partir de hoy aparecerán
parcialmente mutilados.

EL PAÍS no ha estado en el origen de la filtración y, por tanto, desconoce
los criterios con los que se ha llevado a cabo la selección del paquete
que finalmente ha llegado a manos del diario. Resulta evidente que los
papeles analizados no son todos los emitidos en el mundo por el
Departamento de Estado en el periodo de tiempo comprendido, pero ignoramos
si esos son todos a los que ha tenido acceso WikiLeaks.

Pese a eso, el lector comprobará el valor que en sí mismo encierra el
conjunto de documentos facilitados, al margen de que puedan existir otros
muchos que aún se desconocen. Se trata de un material que aporta novedades
relevantes sobre el manejo de asuntos de gran repercusión mundial, como el
programa nuclear de Irán, las tensiones en Oriente Próximo, las guerras de
Irak y Afganistán y otros conflictos en Asia y África.

Terrorismo y radicalismo islámico
También se recogen los movimientos entre Estados Unidos y sus aliados para
hacer frente al terrorismo y al radicalismo islámico, así como detalles
reveladores sobre episodios de tanta trascendencia como el boicot de China
a la empresa Google o los negocios conjuntos de Putin y Berlusconi en el
sector del petróleo.

De especial interés son las pruebas que se aportan sobre el alcance de la corrupción a escala planetaria y las permanentes presiones que se ejercen sobre los diferentes Gobiernos, desde Brasil a Turquía, para favorecer los intereses comerciales o militares de Estados Unidos.

Entre los primeros documentos que hoy se hacen públicos, se descubre el
pánico que los planes armamentísticos de Irán, incluido su programa
nuclear, despiertan entre los países árabes, hasta el punto de que alguno
de sus gobernantes llega a sugerir que es preferible una guerra
convencional hoy que un Irán nuclear mañana.

Se aprecia la enorme preocupación con la que Estados Unidos observa la evolución de los acontecimientos en Turquía y la estrecha vigilancia a la que se mantiene al primer ministro, Erdogan.

Y, sobre todo, esta primera entrega revela las instrucciones que el
Departamento de Estado ha cursado a sus diplomáticos en Naciones Unidas y
en algunos países para desarrollar una verdadera labor de espionaje sobre
el secretario general de la ONU, sus principales oficinas y sus más
delicadas misiones.

Los lectores descubrirán al acceder a las sucesivas crónicas detalles
insospechados sobre la personalidad de algunos destacados dirigentes y
comprobarán el papel que desempeñan las más íntimas facetas humanas en las
relaciones políticas. Eso resulta particularmente evidente en América
Latina, donde se dan a conocer juicios de diplomáticos norteamericanos y
de muchos de sus interlocutores sobre el carácter, las aficiones y los
pecados de las figuras más controvertidas.

Mañana (este lunes) EL PAÍS ofrecerá detalles, por ejemplo, sobre las sospechas que la presidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, despierta en Washington, hasta el punto de que la Secretaría de Estado llega a solicitar información sobre su estado de salud mental. El mismo día se darán a conocer algunas de las gestiones que la diplomacia norteamericana ha realizado para repatriar a los presos de Guantánamo, así como la intensa actividad en Asia para frenar el peligro que representa Corea del Norte.

Cables controvertidos
Entre los cables con los que ha trabajado este periódic o se encuentran
informes Cables controvertidos entre los cables con los que ha trabajado este periódic o se encuentran informes extraordinariamente controvertidos, como los mensajes del embajador norteamericano en Trípoli en los que cuenta que el líder libio, Muamar el Gadafi, usa botox y es un verdadero hipocondríaco que hace filmar todos sus exámenes médicos para analizarlos posteriormente con sus doctores, y relatos con meticulosas descripciones del paisaje local, como el que hace un diplomático estadounidense invitado a una boda en Daguestán que sirve para ilustrar el grado de corrupción en la zona.

Hay cables de gran valor histórico, como el que revela la apuesta de la
diplomacia norteamericana por el derrocamiento del general panameño Manuel
Antonio Noriega o el que detalla ciertos movimientos de Estados Unidos
durante el golpe de Estado que destituyó a Manuel Zelaya en Honduras, y
cables de enorme interés sobre acontecimientos actuales, como el que
precisa la presión ejercida sobre el presidente de Afganistán, Hamid
Karzai, para que contenga los abusos de sus allegados y facilite la
gobernabilidad del país.

En lo que respecta a España, estos documentos registran el enorme acceso
de la Embajada de Estados Unidos a personalidades destacadas del ámbito
político y judicial, y su influencia en algunos acontecimientos que han
marcado la actualidad de los últimos años. También se descubre el punto de
vista que funcionarios estadounidenses tienen de la clase política
española, así como el que algunos políticos expresan sobre sus compañeros
y adversarios.

En determinados casos, estas revelaciones tienen el estrictamente el valor
que tiene la opinión de una persona de posición influyente. En otros
casos, se trata de relatos que aportan pistas sobre acontecimientos
importantes pero que son narrados por una sola fuente: el servicio
diplomático de Estados Unidos. EL PAÍS no ha podido corroborar todos esos
relatos y ha prescindido de algunos que ha considerado de dudosa
credibilidad.

Pero sí ha certificado otros y ha operado de forma responsable con el país objeto de la filtración con la intención de causar el menor daño posible. Entre otras precauciones, se ha decidido aceptar los compromisos a los que The New York Times llegue con el Departamento de Estado para evitar la difusión de determinados documentos.

Detalla ciertos movimientos de Estados Unidos durante el golpe de
Estado que destituyó a Manuel Zelaya en Honduras, y cables de enorme
interés sobre acontecimientos actuales, como el que precisa la presión
ejercida sobre el presidente de Afganistán, Hamid Karzai, para que
contenga los abusos de sus allegados y facilite la gobernabilidad del
país.

En lo que respecta a España, estos documentos registran el enorme acceso
de la Embajada de Estados Unidos a personalidades destacadas del ámbito
político y judicial, y su influencia en algunos acontecimientos que han
marcado la actualidad de los últimos años. También se descubre el punto de
vista que funcionarios estadounidenses tienen de la clase política
española, así como el que algunos políticos expresan sobre sus compañeros
y adversarios.

En determinados casos, estas revelaciones tienen el estrictamente el valor
que tiene la opinión de una persona de posición influyente. En otros
casos, se trata de relatos que aportan pistas sobre acontecimientos
importantes pero que son narrados por una sola fuente: el servicio
diplomático de Estados Unidos. EL PAÍS no ha podido corroborar todos esos
relatos y ha prescindido de algunos que ha considerado de dudosa
credibilidad.

Pero sí ha certificado otros y ha operado de forma responsable con el país objeto de la filtración con la intención de causar el menor daño posible. Entre otras precauciones, se ha decidido aceptar los compromisos a los que The New York Times llegue con el Departamento de Estado para evitar la difusión de determinados documentos.

No todos los papeles obtenidos por Wikileaks han sido utilizados para la
elaboración de nuestras informaciones, y solo una parte de ellos serán
expuestos públicamente, independientemente de lo que la propia WikiLeaks o
los demás medios que han recibido el material decidan hacer. Se han
seleccionado tan solo aquellos que consideramos imprescindibles para
respaldar la información ofrecida.

Las informaciones han sido preparadas y escritas únicamente por redactores
de nuestro periódico atendiendo a nuestras particulares exigencias de
rigor y calidad. A lo largo de varios días se irán ofreciendo las crónicas
que recogen la sustancia de esos documentos, añadiéndoles el contexto y la
valoración requeridos, así como sus posibles reacciones y consecuencias.

Algunas de esas reacciones estarán, seguramente, dirigidas a examinar las
causas por las que puede haberse producido una fuga de semejante magnitud.
El origen de este problema puede remontarse a los días posteriores al
ataque terrorista del 11 de septiembre de 2001, cuando se detectaron unos
fallos de coordinación entre los servicios de inteligencia que
recomendaron la necesidad de un modelo de comunicación que permitiera a
los diferentes responsables de la seguridad compartir datos extraídos por
el Departamento de Estado.

Un sistema de Internet del Ejército
Se extendió, por tanto, a partir de esa fecha el uso de un sistema de
Internet del Ejército norteamericano denominado SIPRNET, un acrónimo de
Secret Internet Protocol Router Network. Todos los cables que se incluyen
en esta filtración fueron enviados por ese medio, como se comprueba por la
etiqueta que cada uno de ellos lleva en su cabecera, la palabra SIPDIS,
que son las siglas para Secret Internet Protocol Distribution.

Al menos 180 embajadas norteamericanas alrededor del mundo utilizan
actualmente ese sistema de comunicación, según informes elaborados por el
Congreso norteamericano. Aunque se exigen fuertes medidas de seguridad
para el uso de ese sistema, como la de mantenerlo abierto únicamente
cuando el usuario está frente a la pantalla, la exigencia de cambiar la
clave cada cinco meses o la prohibición de utilizar cualquier clase de CD
u otro método de copia de contenidos, el número de personas que ahora
acceden a la información ha crecido considerablemente.

A ese crecimiento ha ayudado también la necesidad de ampliar el número de
personas trabajando en cuestiones de seguridad y, como consecuencia, la
del número de personas a la que se da acceso a documentos clasificados. El
Departamento de Estado clasifica sus informes en una escala que va del Top
Secret al Confidential. En los documentos facilitados a EL PAÍS no hay
ninguno clasificado como Top Secret, aunque sí más de 15.000 situados en
la escala inferior, Secret.

Según se puede deducir de datos elaborados por la Oficina de Control del
Gobierno, perteneciente al Congreso norteamericano, y otros expuestos
recientemente por medios de comunicación de ese país, más de tres millones
de estadounidenses están autorizados al acceso a ese material Secret. Eso
incluye decenas de miles de empleados del Departamento de Estado,
funcionarios de la CIA, del FBI, de la DEA, de los servicios de
inteligencia de las fuerzas armadas y de otros departamentos implicados en
la búsqueda de información. En Estados Unidos funcionan 16 agencias con
responsabilidades de espionaje.

Será muy costoso, por tanto, para ese país reparar el daño causado por
esta filtración, y llevará años poner en pie un nuevo sistema de
comunicación con plenas garantías. Lo más importante, sin embargo, es el
valor informativo que esos documentos tienen actualmente. Estamos ante una
serie de relatos, sin precedentes en el periodismo español, que servirán
para una mejor comprensión de algunos conflictos y de personalidades que
afectan determinantemente a nuestra vida y que pueden abrir a nuestros
lectores a una nueva interpretación de la realidad que les rodea.

Así cuentan la noticia sobre los papeles del Departamento de Estado The
New York Times, Der Spiegel, Le Monde y The Guardian.

Mientras tanto, el secretario de prensa de Obama, Robert Gibbs, advertía de que cualquier comunicación entre Washington y sus legaciones en el extranjero era por naturaleza «cándida e incompleta».

Y sin embargo, la Casa Blanca mostraba a continuación su preocupación por cómo puedan quedar comprometidas las relaciones entre EE UU y los países afectados por los papeles del Departamento de Estado. «Al revelar documentos robados y clasificados, Wikileaks no sólo pone en riesgo la causa de los derechos humanos sino también las vidas y el trabajo de muchos individuos».

«Condenamos en los términos más rotundos la revelación de documentos clasificados y la información sensible que afecta a la seguridad nacional», finalizaba la Casa Blanca en su nota.

Freno a la filtración

EE UU ha pedido a Wikileaks que frene la filtración de documentos. En una decisión nada común que pone de manifiesto la preocupación de la Casa Blanca por lo que está sucediendo, el Departamento de Estado ha hecho pública una carta de sus abogados al fundador de Wikileaks y sus letrados en la que advierte a la organización que la publicación de los cables de la diplomacia estadounidense puede ser ilegal.

Harold Koh, el abogado del Departamento de Estado, insiste en que cuando los más de 250.000 secretos diplomáticos salgan a la luz, la vida de incontables individuos inocentes se pondrá en peligro.

En la carta enviada a Assange, el Departamento de Estado rechaza de antemano cualquier negociación con Wikileaks para filtrar los cables. «No negociaremos con ustedes sobre la diseminación de información clasificada de EE UU».

El diario The New York Times llevaba en su portada de la web la historia -es uno de los periódicos junto a EL PAIS que ha tenido acceso a la información. Con las tertulias de la mañana finalizadas a la hora en la que comenzó a filtrarse la información, las televisiones permanecían en silencio y se ocupaban de otros temas de menor importancia en un fin de semana de Acción de Gracias que no ha sido en absoluto tranquilo -crisis coreana o, en clave casera, el codazo al presidente mientras jugaba al baloncesto.

El director Wikileaks

Julian Assange es el director del sitio web y se ha convertido en la pesadilla del Gobierno estadounidense. El hombre que tiene en jaque al Pentágono y ahora, a toda la diplomacia norteamericana. Un visionario de 39 años que disfruta crujiendo a los malos, destripando la agenda oculta y las maniobras sucias de los poderosos. Un australiano carismático y controvertido, tan adorado por sus seguidores como perseguido por sus enemigos.

Wikileaks, la web que fundó a finales de 2006, se ha convertido en el contenedor global de las grandes filtraciones, de los secretos celosamente guardados. Acaparó la atención mundial el pasado 4 de mayo con el vídeo de una brutal matanza de civiles en un suburbio de Bagdad.

Un vídeo en el que se asistía al ametrallamiento desde un helicóptero Apache de 12 personas, con los comentarios entre los militares que ejecutaban la maniobra como siniestra banda sonora. El 25 de julio llegaba la primera gran filtración, los papeles de Afganistán, 76.607 documentos desclasificados que revelaban la muerte de 20.000 afganos.

Y el 23 de octubre, los papeles de Irak , considerada como la mayor filtración en la historia del Ejército norteamericano . Un total de 391.832 documentos secretos que destapaban la muerte de 15.000 víctimas civiles más de las oficialmente reconocidas durante la invasión y ocupación del país.

La informació de Llorens sobre los hechos ocurridos en Honduras, traducidos al español, revelan su posición y se limita a informar de los hechos ocurridos el 28 de junio. Segun la información secreta. Fechada 07/24/2009 00:23:00
Fuente: Embajada de Tegucigalpa
Clasificación CONFIDENCIAL
CONFIENDTIA TEGUCIGALPA L 000.645
SIPDIS
AMS DE A / S TOM SHANNON
L PARA Harold Koh y Donoghue JOAN
NSC PARA Dan Restrepo
E.O. 12958: Dec: 07/23/2019
TAGS: PGOV, KDEM, Kjus, TFH01, HO
ASUNTO: TFHO1: EL CASO DEL GOLPE DE ESTADO EN HONDURAS
REF: TEGUCIGALPA 578
Clasificado por: Embajador Hugo Lorens, razón 1.4 (b y d)
1. (C) Resumen: Se procura aclarar algunas de los asuntos legales y constitucionales alrededor del caso de la salida forzada del poder del presidente Manuel “Mel” Zelaya, el 28 de junio. En la perspectiva de la embajada americana no hay duda que los militares, la Corte Suprema de Justicia y el Congreso Nacional conspiraron el 28 de junio en lo que se constituye como en un ilegal y anticonstitucional golpe de estado en contra del Poder Ejecutivo, mientras aceptan que tal vez exista un caso “prima face” que Zelaya pudo haber cometido ilegalidades y que pudo hasta haber violado la constitución. Igualmente en nuestra perspectiva no hay dudas que la asunción de Roberto Micheletti al poder era ilegal. Sin embargo, también es evidente que la misma constitución es deficiente en los términos de dar los claros procedimientos a seguir para lidiar con el presunto acto ilegal del Presidente y en lo que es el resolver los conflictos entre los diferentes poderes del estado. Termina el resumen.
2. (U) Tras la destitución y expulsión del Presidente Zelaya por las Fuerzas Armadas de Honduras, la embajada ha consultado expertos jurídicos hondureños (no es posible encontrar una opinión profesional absolutamente imparcial en la actual atmósfera política cargada) y revisando los textos de la constitución de Honduras y sus leyes para poder desarrollar un mejor entendimiento de los argumentos parlamentados por los partidarios y oponentes del golpe de estado.
Argumentos de los defensores del golpe de estado
1. (SBU) Los defensores del golpe de estado ocurrido en 28 de junio ofrecieron algunas combinaciones de los siguientes argumentos aunque algunos son ambiguos, para afirmar su legalidad:Zelaya ha quebrado la ley (presunto pero no probado);
2. Zelaya renuncio (Una clara fabricación);
3. Zelaya intento extender su periodo presidencial (suposición);
4. Si se le hubiese dejado proceder con la encuesta de la opinión para la reforma constitucional, Zelaya hubiese disuelto el Congreso Nacional el día siguiente y convocado a una asamblea constituyente (suposición);
5. Zelaya tuvo que ser removido del país para prevenir derramamiento de sangre;
6. El Congreso “unánimemente” (o en algunas versiones por una votación de 123-5) depuso a Zelaya; (después del hecho bajo el reloj de secretividad); y
7. Zelaya “automáticamente” ceso de ser Presidente al momento que sugirió modificar la prohibición a la reelección de la constitución.
8. (C) En nuestro punto de vista ningún de los argumentos tiene alguna validez sustancial, bajo la constitución de honduras. Algunos son totalmente falsos. Otros son meramente suposiciones o posteriores racionalizaciones del aparente acto ilegal. Esencialmente:Los militares no tenían ninguna autoridad para remover a Zelaya del país;
9. El Congreso no tenía ninguna autoridad para remover a un Presidente hondureño;
10. El Congreso y el Judicial removió a Zelaya en las bases de una precipitada, ad-hoc, extralegal, secreto, proceso de 48 horas;
11. La supuesta carta de “renuncia” fue una fabricación y no era ni las bases de la acción del 28 de junio por parte del Congreso; y
12. El arresto de Zelaya y su salida a la fuerza del país violo múltiples garantías constitucionales, incluyendo la prohibición a la expatriación, a la presunción a la inocencia y el derecho al debido proceso.
Juicio político bajo la Constitución de Honduras
1. (U) Bajo la Constitución de Honduras como está escrita en la actualidad, el Presidente puede ser removido solamente bajo las bases de muerte, renuncia o incapacidad, Solo la Corte Suprema de Justicia puede determinar si el Presidente se encuentra “incapacitado” en la bases de haber cometido un crimen.
2. (U) No existe un procedimiento a seguir para remover a un Presidente en la Constitución de Honduras de 1982. Originalmente el artículo 205-15 declara que el Congreso tiene la competencia para determinar si existe “causa” en contra del Presidente, pero no estipulo en que bases o bajo que procedimiento. El artículo 319-2 declara que la Corte Suprema de Justicia “escucharía” los casos de crímenes oficial o comunes cometidos por oficiales de alto nivel, en una determinación de causa por parte del Congreso. Esto implica un vago proceso de dos pasos para remover de manera ejecutiva al Presidente, involucrando a los otros dos Poderes del Estado, sin embargo sin un criterio o procedimiento específico. Pero, el artículo 205 fue abrogado en el 2003, y la correspondiente disposición del artículo 319 (reenumerado 313) fue revisado para declarar que solamente la Corte Suprema de Justicia escucharía “procesos iniciados” en contra de altos funcionarios. Sin embargo pareciera que bajo la Constitución, como actualmente está escrita, el remover a un Presidente o un oficial del gobierno es totalmente un asunto judicial.
3. (U) Una respetada opinión legal confirma que el remover a un Presidente es un asunto judicial. De acuerdo a un libro escrito por un respetado jurista, Enrique Flores Valeriano, en 2006 – Padre del Ministro de la Presidencia de Zelaya, Enrique Flores Lanza – El artículo 112 de la ley de la Constitución Judicial indica que si cualquier oficial del gobierno es encontrado en la violación de la Constitución, esa persona tiene que ser removida de su cargo de manera inmediata por la máxima autoridad en la materia en cuestiones de constitucionalidad, siendo esta la Corte Suprema de Justicia.
4. También muchos expertos nos han conformado que el proceso hondureño para remover a un Presidente o a otro oficial de alto nivel del gobierno, es de proceso judicial. Ellos coinciden que bajo la ley hondureña el proceso consiste en formular cargos criminales, siendo esto presentado por el Fiscal General, en contra del acusado ante la Corte Suprema de Justicia. La Corte Suprema de Justicia podría aceptar o rechazar los cargos. Si la Corte se mueve a procesar, esta asignaría a un Magistrado de la Corte Suprema de Justicia o un panel de Magistrados a investigar el asunto y darle la debida supervisión al juicio. El proceso del juicio será abierto y transparente y el demandado se le daría el total derecho de una legítima defensa, si es condenado en un juicio para removerlo del cargo, el Magistrado tiene toda la autoridad para remover al Presidente de su cargo o a cualquier otro oficial del gobierno. Una vez que el Presidente es removido entonces da lugar a que se dé la Sucesión Constitucional. En este caso que el Presidente sea legalmente procesado, condenado y removido, su sucesor sería el Vicepresidente o el que está determinado como el Designado Presidencial. En la situación actual de Honduras, en la que el diciembre pasado renuncia de su cargo el Vicepresidente Elvin Santos por sus aspiraciones para convertirse en candidato presidencial del Partido Liberal, el sucesor de Zelaya en este caso hubiese sido el Presidente del Congreso Nacional Roberto Micheletti. Desafortunadamente, e; Presidente nunca fue enjuiciado, ni condenado o legalmente removido de su cargo, para que se pudiese dar una legal sucesión.
El caso legal en contra del Zelaya
1. (C) Los opositores de Zelaya argumentaban que él violo la Constitución en numerosas maneras, alguno que aparentan ser en sus criterios como validos, otros no:Rehusarse a someter al Congreso el presupuesto: La Constitución declara sin ambigüedad que el Ejecutivo tiene que someter su presupuesto al Congreso para el 15 de septiembre de cada año (Art. 367), que el Congreso aprobará el presupuesto (Art. 366) y que ninguna obligación o pagos pueden ser efectuados excepto en las bases de un presupuesto aprobado (Art. 364);
2. Rehusarse a darle fondo al Congreso: Artículo 212 declara que la Tesorería debe de proporcionarle de manera trimestral los fondos necesarios para el funcionamiento del Congreso;
3. Proponer un ilegal referéndum constitucional: La Constitución puede ser modificada únicamente por medio del voto de dos tercias partes del congreso en dos asambleas (Art. 373 y 375); Una Asamblea Constituyente para reescribir la Constitución, tal como Zelaya promovía, era anti constitucional; Sin embargo, no es claro que el simple hecho de proponer una asamblea constitucional sea tomado como una violación a la Constitución, solo que cualquier cambio consiguiente de esa asamblea sería tomada como invalida;
4. Desafiar el juicio de una Corte competente: Zelaya insistió en seguir adelante con la encuesta de opinión para una reforma constitucional después que ambas tanto una Corte de Primera Instancia y una Corte de Apelaciones le ordenara que suspendiera sus esfuerzos; Sin embargo, aunque tenía la clara intención de seguir adelante con la encuesta, en realidad nunca llego a concretarla;
5. Proponer a la reforma de los artículos irreformables: Puesto que la Asamblea Constituyente propuesta por Zelaya tendría poderes ilimitados para reescribir la Constitución, se violó el artículo 374, que establece hace que ciertos artículos son pétreos. Sin embargo, una vez más Zelaya en realidad no trató de cambiar estos artículos, solamente se supone que tenía la intención;
Destituir a el jefe de las fuerzas armadas: la Sala constitucional de la Corte Suprema falló el 25 de junio que Zelaya estaba en violación de la Constitución al despedir a Jefe de Defensa Vásquez Velásquez, la Constitución (art. 280) establece que el Presidente puede nombrar libremente o quitar el jefe de la Fuerzas Armadas, pero el tribunal dictaminó que, como Zelaya le despidió por negarse a llevar a cabo una encuesta que la corte había pronunciado ilegal, el despido era ilegal.
6. (C) A pesar de que una causa bien podrían haber sido presentada en contra de
Zelaya por varias de las supuestas violaciones constitucionales anteriores nunca hubo un análisis público y oficial de las pruebas ni nada que se parezca al debido proceso.
El artículo 239
1. (U) El artículo 239, que los partidarios del golpe vienen citando después de los hechos para justificar la remoción de Zelaya (y que no es mencionado en el voluminoso expediente judicial contra Zelaya), establece que todo funcionario que propone reformar la prohibición constitucional contra la reelección del Presidente cesará inmediatamente a llevar a cabo sus funciones y no tendrá derecho a ocupar cargos públicos por 10 años. Los defensores de Golpe de Estado han afirmado que por lo tanto Zelaya automáticamente dejó de ser presidente cuando propuso una asamblea constituyente para reescribir la Constitución.
2. El análisis indica que el argumento que gira en torno a el artículo 239 está viciado por múltiples motivos:Aunque la suposición general es que la razón de Zelaya para intentar convocar a una asamblea constituyente fue modificar la constitución para permitir la reelección, no tenemos conocimiento de que lo manifestara públicamente;
3. El artículo 239 no establece quien determina si se ha violado o cómo, pero es razonable suponer que no anula otras garantías del debido proceso y la presunción de inocencia;
4. El artículo 94 establece que no se impondrá sanción sin que el acusado haya sido oído y condenado en un tribunal competente;
5. Muchos otros funcionarios hondureños, incluyendo a otros presidentes, desde el primer gobierno electo con la Constitución de 1982 en vigor han propuesto permitir la reelección presidencial, y nunca se produjo la destitución automática de sus cargos como resultado.
6. (C) Este argumento implicaría además que el propio Micheletti debe ser forzado a dimitir frente a la lógica del artículo 239 ya que como Presidente del Congreso sometió a discusión la legislación para tener una cuarta urna («Cuarta Urna») en
las elecciones de noviembre para solicitar la aprobación de los votantes para un
asamblea constituyente para reescribir la constitución. Cualquier miembro del Congreso que debatió la propuesta también debería ser separado del puesto, y el candidato presidencial del Partido Nacional Pepe Lobo, que apoyó la idea, debe ser inhabilitado para ejercer cargos públicos por 10 años.
El Retiro forzoso por los militares fue claramente ilegal
1. (C) Independientemente de los méritos de las presuntas violaciones constitucionales de Zelaya, se desprende incluso con un somero vistazoque su expulsión por la vía militar era ilegal, e incluso los más fuertes defensores de golpe de Estado no han podido formular argumentos convincentes para salvar el abismo intelectual entre «Zelaya violó la ley» para «por lo tanto, fue llevado a Costa Rica por los militares sin un juicio. «Aunque los partidarios del golpe alegan que la Corte emitió una orden de detención a Zelaya por desobedecer su orden de desistir de la encuesta de opinión, la orden se hizo público días más tarde, y tenía por objeto su arresto y presentación ante la autoridad competente, no su expulsión del territorio hondureño;
2. Incluso si el tribunal había ordenado que Zelaya fuese expulsado del país, esta orden habría sido inconstitucional; El artículo 81 establece que todos los hondureños tienen derecho a permanecer en el territorio nacional, con sujeción a ciertas excepción establecidas en el artículo 187, que pueden ser invocada sólo por el Presidente de la República con el acuerdo del Consejo de Ministros; el artículo 102 establece que ningún hondureño podrá ser expatriado;
3. Las fuerzas armadas no tienen competencia para ejecutar órdenes judiciales. Originalmente, el artículo 272 estableció que las Fuerzas Armadas tenían la responsabilidad de «mantener la paz, el ordenpúblico orden y el dominio de la Constitución «, pero este texto fue suprimido en 1998; en virtud del texto actual, sólo la policía está autorizada a mantener la ley y ejecutar órdenes judiciales (art. 293);
4. El recuento del secuestro de Zelaya por los militares indica nunca fue legalmente «presentado» con una orden, los soldados se abrieron paso a tiros en las cerraduras y esencialmente secuestraron al Presidente.
5. (U), El principal asesor legal de las Fuerzas Armadas, Col. Herberth Bayardo Inestroza, reconoció en una entrevista publicado en la prensa hondureña que el 05 de julio de Honduras que las fuerzas armadas habían violado la ley en la expulsión de Zelaya del país. Ese mismo día se informó de que el Ministerio Público estaba investigando las acciones de las Fuerzas Armadas en la detención y deportación de Zelaya el 28 de junio y que el Tribunal Supremo de Justicia había pedido a las Fuerzas Armadas explicar las circunstancias que motivaron su exilio forzoso.
6. (C) Como se informó en el reftel (telegrama de referencia), el asesor jurídico de la
Corte Suprema dijo Poloff que al menos algunos jueces de la Corte consideran la detención de Zelaya y la deportación por los militares como ilegales.
El Congreso no tenía autoridad para destituir a Zelaya
1. C) Como se explicó anteriormente, la Constitución modificada en 2003 al parecer da autoridad única para la destitución de un presidente del poder judicial. Algunos medios de comunicación han informado que la acción del Congreso del28 de junio fue la aceptación de la renuncia de Zelaya, sobre la base de una carta de renuncia falsa con fecha 25 de junio que surgió después del golpe. Sin embargo, el 28 de junio la resolución del Congreso no hace mención de la carta, ni afirma que el Congreso aceptara renuncia de Zelaya. Se dice que el Congreso «desaprueba» la conducta de Zelaya, por lo que le «separa» del ejercicio de la Presidencia – una autoridad constitucional que el Congreso no tiene. Por otra parte, una fuente de liderazgo en el Congreso nos indicó no había quórum cuando la resolución fue aprobada, lo que la invalida. No hubo votación registrada, ni un recuento de «síes» y «noes».
2. (C) En suma, para que una sucesión constitucional de Zelaya a Micheletti se produjera se requeriría que se cumpla una de las siguientes condiciones:
Renuncia de Zelaya, su muerte, o incapacidad médica permanente (según lo determinado por las autoridades judiciales y médicas), o como se indicó anteriormente, su condena penal formal y consecuente destitución del cargo. En ausencia de cualquiera de estas condiciones el Congreso carecía de autoridad legal para remover a Zelaya; las acciones del 28 de junio sólo pueden ser consideradas como un golpe de Estado por el poder legislativo, con el apoyo de la rama judicial y los militares, contra el Poder Ejecutivo. Cabe mencionar que, aunque la resolución adoptada en junio 28 se refiere solamente a Zelaya, su efecto era eliminar el poder ejecutivo completo. Ambos acciones superan claramente la autoridad del Congreso.
Comentario
1. (C) El análisis de la Constitución arroja luz sobre los acontecimientos del 28 de junio. El establishment hondureño se enfrentó a un dilema: unanimidad casi absoluta entre las instituciones del Estado y la clase política en que Zelaya había abusado de sus poderes en violación de la Constitución, pero con cierta ambigüedad sobre qué hacer al respecto.
Ante esta falta de claridad, los militares y / o quien ordenó el golpe de Estado recayeron en lo conocido -la manera en que los presidentes de Honduras han sido destituidos en el pasado: una carta de renuncia falsa y un billete de ida a un país vecino. Sin importar los méritos del caso en contra de Zelaya, su expulsión por los militares fue claramente ilegal, y el ascenso de Micheletti como «presidente interino» totalmente ilegítimo.
2. (C) Sin embargo, la misma incertidumbre Constitucional que propició en la clase política este dilema puede proporcionar las semillas para una solución. Los más ardientes defensores legales del golpe no han podido explicar el salto intelectual desde los argumentos sobre los presuntos crímenes de Zelaya hasta cómo esas denuncias justifican que fuese arrastrado fuera de su cama en la noche y llevado en un avión a Costa Rica. Que la Procuraduría General de Justicia y el Tribunal Supremo ahora pongan en tela de juicio la legalidad de ese paso final puede proporcionar una salida para los dos lados opuestos en la disputa actual. Fin del comentario.
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