El Consejo de Seguridad de la ONU, emitió en la noche del día de ayer 17-03-2011, la resolución N° 1973/2011, las cuales son un conjunto de medidas en respuesta a la posición de los miembros del Consejo sobre la situación existente en el país.
Libia al conocer esta resolución, aclara lo siguiente:
PRIMERO: Que de conformidad con el artículo N° 25 de la carta de las Naciones Unidas, y por considerar que Libia es un miembro de la misma; está comprometida a trabajar con la resolución del Consejo de Seguridad, y ha decidido un alto al fuego inmediato y para todas las operaciones militares.
SEGUNDO: Libia tiene interés en proteger a los civiles, brindándoles ayuda humanitaria, respetando los derechos humanos y comprometiéndose con el Derecho Internacional Humanitario, y en adoptar todas las medidas para garantizar la seguridad de los ciudadanos extranjeros que se encuentren en Libia, así como a sus bienes. Esto, en cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Seguridad y las disposiciones de la carta de las Naciones Unidas.
TERCERO: Reiteramos la no utilización de cualquier mercenario.
CUARTO: Reiteramos el contenido de la resolución del Consejo de Seguridad de la ONU N° 1973/2011, sobre la protección de los civiles, la unidad del territorio libio y el principio de la soberanía Nacional sobre el entero suelo de la patria. Con base a esto, el Estado alienta la apertura de los canales de debate fructífero y serio, con todos los interesados en preservar estos principios y fomentarlos, para continuar con el proceso de reforma y desarrollo. Por lo que se han adelantado pasos en las áreas políticas, económicas y sociales; a fin de restablecer la seguridad y estabilidad a Libia, y posibilitar al Estado y a sus instituciones de reanudar sus normales actividades.
QUINTO: Libia expresa su profundo pesar por lo que se incluyó en la resolución N° 1973/2011, sobre las medidas legales coercitivas que incluyen la prohibición de la aviación civil comercial, ya que esto conduce a maximizar el sufrimiento del pueblo libio, afectando negativamente a la vida pública; más bien el grupo internacional debió haber excluido, por lo menos, a los civiles, en lugar de profundizar su sufrimiento, así como la congelación total de los activos y fondos libios, dando esto lugar a perjudicar al pueblo libio, y a impedir al Estado ejecutar sus obligaciones nacionales e internacionales.
SEXTO: Libia al expresar sorpresa ante el permiso del Consejo de Seguridad de utilizar la fuerza militar, con la aparición de signos evidentes de que algunos países se proponen dirigir acciones militares contra el Estado libio, miembro de las Naciones Unidas, declara que: El uso de la fuerza militar contra Libia es una desviación flagrante de la Carta de las Naciones Unidas, y un perjuicio a la Soberanía Nacional de Libia, contrario al artículo 4/2 de la carta de la ONU, prohibiendo a los miembros de la organización en sus relaciones internacionales el acudir a la amenaza con el uso de la fuerza, o utilizarla contra la integridad territorial, o contra la independencia política de cualquier país. El llevar a cabo cualquier acción militar contra Libia no conducirá sino a complicar aún más la situación.
FINALMENTE:
Libia reitera su solicitud a todos los organismos internacionales, a que verifiquen sobre el terreno de todo lo que se le atribuyó a Libia de alegaciones sin base en hechos reales.
Trípoli, 18-03-2011
RM