Venezuela/Defensoría del Pueblo solicita eliminar discriminación contra extranjeros del Código Civil

Larry Davoe Director general de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo,

Con el propósito de velar por el derecho humano a la igualdad -consagrado en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los diferentes instrumentos internacionales ratificados por el país- la Defensoría del Pueblo, a través de su Dirección General de Servicios Jurídicos, interpuso este martes un recurso de nulidad, por razones de inconstitucionalidad, contra el tercer aparte del artículo 185-A del Código Civil, ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

El artículo 185-A del Código Civil establece la posibilidad de que todos los ciudadanos y ciudadanas casados en el exterior soliciten la disolución de su vínculo matrimonial ante los órganos jurisdiccionales de Venezuela, con fundamento en la separación de hecho por más de cinco años. Sin embargo, el tercer aparte del mencionado artículo ordena un requisito adicional aplicable sólo a los extranjeros: “el ‘no nacional’ que presente la solicitud de divorcio debe acreditar constancia de residencia de 10 años en el país”.

“Este requisito constituye un obstáculo que enerva dicho derecho y que obra sólo contra los no nacionales, lo que evidencia un trato desigual y discriminatorio que afecta negativamente al extranjero que realiza la solicitud de disolución de su matrimonio”, explicó Larry Devoe, director general de Servicios Jurídicos.

El Director indicó que esta cláusula representa una violación del derecho humano a la igualdad y no discriminación, “pues no existen razones válidas que justifiquen la exigencia de dicho período al extranjero que solicite su divorcio con base en la causal contemplada en el artículo 185-A del Código Civil”.

Asimismo, afirmó que este derecho obliga a brindar un mismo tratamiento a quienes se encuentran en la misma condición. “En este caso, el elemento en común es que tanto los nacionales, como los extranjeros se casaron fuera del país. Además, de acuerdo a los convenios y tratados que ha suscrito Venezuela, el Estado está en la obligación de garantizarle a los extranjeros el goce de todos los derechos humanos, en las mismas condiciones que a los nacionales”./Prensa – Defensoría 

RM