*Afirma que la inmunidad de desplazamiento que le reconoce el TJUE no es un «blindaje» contra su condena en firme
*Declara que no se puede concurrir a un proceso electoral siendo ya juzgado y pretender que ello afecte a la sentencia
Ángeles Vázquez|ELPERIODICO.COM|Madrid – Jueves, 09/01/2020 –
El Tribunal Supremo ha vetado al presidente de ERC, Oriol Junqueras, ser eurodiputado, porque considera que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaró que adquirió la condición de eurodiputado desde que resultó electo le confiere una inmunidad de desplazamiento que en ningún caso supone «un blindaje» frente a la sentencia del ‘procés’ que le condenó en firme a 13 años de cárcel y a otros tantos de inhabilitación.
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